LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS EN EL MUNDO JUDICIAL.
Por ARMANDO CAMACHO CORTÉS
Abogado litigante, penalista, criminólogo, periodista y consultor jurídico
Cuentan los médicos que en el ejercicio de la medicina, las intervenciones quirúrgicas que refieren al corazón y la cabeza, por su complejidad, corresponden a especialidades como la cardiología y la neurocirugía. El más mínimo error y el paciente puede morir, quedar en coma o desconectado.
En el mundo del derecho y guardando las diferencias, porque en medicina está de por medio la vida o la salud y en derecho muchas veces la libertad, la honra y los bienes o capitales económicos de subsistencia, ocurre algo similar porque muchas veces se debe recurrir a las últimas opciones, finalísimas oportunidades para salvar los derechos fundamentales de primer orden acabados de mencionar. Son los recursos extraordinarios de casación, doble conformidad y revisión.
Como su nombre lo indica son recursos extraordinarios, es decir por fuera de lo común, de lo normal y cotidiano, no son recursos judiciales ordinarios como el de reposición por ejemplo, que es el reclamo que se la hace a un juez o magistrado cuando se equivoca en una decisión, para que reconsidere y rectifique o corrija la equivocación o el de apelación, que consiste en pedirle con argumentos jurídicos serios a un juez o magistrado superior para que estudie y corrija los eventuales errores de un juez o magistrado subalterno o de categoría inferior en jerarquía.
Los recursos extraordinarios jurídicos son muy complejos, de alguna manera difíciles desde el punto de vista científico, jurídico, jurisprudencial, doctrinario, probatorio y fáctico, razón por la cual, se requieren conocimientos especializados y profundos en esos temas. Volviendo al campo de la medicina, el cardiólogo es un profesional muy estudiado y preparado en los temas del corazón como órgano biológico, igual el neurocirujano, quien debe ser un excelente profesional con especializaciones en ese campo. No ocurre lo mismo en el mundo judicial donde todas las tarjetas profesionales de los abogados son iguales y por tanto los abogados pueden actuar en todas las áreas del derecho y en todas las instancias; la tarjeta profesional del simple abogado es igual a la del jurista y doctorado; no ha sido posible escalafonar dichas credenciales para que el usuario sepa a quien contrata y como impulso académico para el profesional.
El recurso extraordinario de casación, no es un tercera instancia u oportunidad para que la Corte Suprema de Justicia mediante una de sus tres salas de casación revise la sentencia, es algo muy diferente y de gran complejidad, a lo cual se puede recurrir en ciertas sentencias, no en todas, salvo en derecho penal, que si es posible interponer el recurso extraordinario en contra de todas; en derecho civil, comercial, agrario, familia y laboral solo en algunos casos y clases de procesos.
El recurso de doble conformidad creado un el Acto Legislativo 01 de 2018, es un mecanismo que tiene aplicación únicamente en materia penal y en aquellos casos donde el acusado ha sido absuelto en primera instancia o ante el primer juzgador y en la segunda instancia, cuando el Juzgado o Tribunal lo condena o en el caso de los funcionarios aforados o fuero especial que eran condenados por la Corte Sala de Casación Penal y no tenían apelación.
La revisión, no es propiamente un recurso sino, una acción u oportunidad para demandar una sentencia cuando se dan las causales para ello.
En conclusión recursos extraordinarios los hay, una sentencia desfavorable se puede salvar sabiendo sustentar estos mecanismos extraordinarios; simplemente se necesitan conocimientos, experiencia y sabiduría.
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